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El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro emitió un fallo que establece que el empleo de emojis en las comunicaciones digitales es considerado limitado o relativo y debe respaldarse con otros medios de prueba complementarios. La resolución de los jueces Ricardo Apcarian, María Cecilia Criado, Sergio M. Barotto, Sergio G. Ceci y Liliana Laura Piccininisurge surgió al analizar el caso de un empleado que argumentó... + full article
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