La iniciativa legislativa conocida como Ley de Principio de Inocencia, impulsada por el Gobierno con la intención de proteger a los contribuyentes que decidan declarar los dólares guardados fuera del sistema, incluye en sus cláusulas menos visibles ajustes en las sanciones automáticas que impone la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), lo cual ha generado preocupación en el ámbito contable.

El proyecto no solo propone reformas al Código Civil y Comercial y a la Ley Penal Tributaria, sino que también introduce modificaciones en la Ley de Procedimiento Fiscal, entre ellas, incrementos en los valores de las multas, lo que podría tener un impacto considerable en los contribuyentes.

Así serían las multas automáticas que podría tener ARCA

El artículo 15 del proyecto enviado a la Cámara de Diputados propone una modificación significativa en las sanciones automáticas previstas en la Ley N° 11.683. En particular, establece que deben reemplazarse los montos del primer párrafo del artículo 38: de $200 a $220.000 y de $400 a $440.000, actualizando así valores que no se modificaban desde hace décadas.

De manera similar, el artículo 40 de la misma ley también sufriría cambios: el segundo párrafo pasaría de $3.000 a $100.000 y de $200.000 a $7.500.000, según se especifica en el proyecto. Estas modificaciones encendieron alertas entre profesionales del área impositiva por su potencial impacto tanto en los contribuyentes como en los contadores.

La tributarista Elisabet Piacentini advirtió que las nuevas cifras propuestas son excesivamente elevadas. "Actualmente, cuando una persona humana no presenta su declaración jurada, la multa es de $200, y para las sociedades es de $400. Aunque los valores son obsoletos, pasarlos a $220.000 y $440.000 es directamente desproporcionado", expresó.

Además, señaló que en un sistema como el argentino, donde hay gran cantidad de declaraciones juradas al año, cualquier error o contratiempo podría generar deudas impagables por concepto de penalidades automáticas.

En muchos casos, agregó, el contribuyente ni siquiera tendría saldo a pagar en su declaración, por no haber registrado movimientos. Aun así, si no la presenta en término, podría afrontar una multa de $220.000, lo que considera injusto y desmedido.