Consorcios de Propiedad Horizontal: ARCA simplifica la certificación de documentación
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través de la resolución general 5709, publicada en el Boletín Oficial de este miércoles, introduce modificaciones en el procedimiento de solicitud de CUIT y actualización de datos para personas jurídicas, permitiendo la certificación de documentación en las dependencias del fisco mediante la exhibición de la documentación en soporte papel y sus copias para Consorcio de Propiedad Horizontal.
La Resolución General 5709 modifica parcialmente la RG 4991 y la RG 5048, ambas referidas a la solicitud de CUIT y la gestión de la 'Clave Fiscal' y el 'Administrador de Relaciones'.
A partir del dictado de esta medida, en lugar de una certificación externa, los Consorcios de Propiedad Horizontal podrán exhibir la documentación original en soporte papel junto con sus copias para que un funcionario competente de la dependencia la coteje y certifique.
Esta medida representa una flexibilización importante para los consorcios de propiedad horizontal, que se suman a una lista de entidades que ahora pueden beneficiarse de este procedimiento simplificado, tales como:
- Asociaciones de bomberos voluntarios.
- Asociaciones destinadas a la promoción y atención de cuestiones de género.
- Bibliotecas populares.
- Centros de jubilados.
- Centros vecinales o barriales.
- Clubes barriales.
- Comunidades indígenas.
- Consorcios de propiedad horizontal.
- Cooperadoras de entidades de salud pública.
- Cooperadoras escolares.
- Institutos de vida consagrada, iglesias y entidades religiosas.
- Sociedades de fomento.
- Otras entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación, científicas y artísticas que cumplan funciones de contención social.
Para los apoderados de personas humanas, administradores extrajudiciales de sucesiones indivisas, beneficiarios de prestaciones previsionales por fallecimiento o representantes legales de las entidades mencionadas anteriormente, también se habilita la posibilidad de cotejo y certificación en la dependencia.
Según la propia Resolución, el propósito de estas modificaciones es 'disminuir la carga administrativa vinculada a la certificación de la documentación que respalda la designación de un administrador o apoderado".
ARCA acelera embargos de cuentas y ejecuciones fiscales
En paralelo, mediante la disposición 120/2025 de ARCA, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se introducen cambios en los procedimientos de las ejecuciones fiscales.
La norma busca acelerar la traba de medidas cautelares en casos de deudas tributarias, a la vez que incorpora una nueva instancia de notificación.
La principal modificación radica en la reducción del plazo para la traba de medidas cautelares. Con la nueva disposición, la medida cautelar será diligenciada dentro de las 48 horas de vencido el plazo para la interposición de excepciones que la ley 11683 prevé para el contribuyente.
Con la nueva disposición, la medida cautelar será diligenciada dentro de las 48 horas de vencido el plazo para la interposición de excepciones que la ley 11683 prevé para el contribuyente.
Esta decisión se enmarca, según los considerandos de la disposición, en las 'políticas públicas implementadas por el Gobierno Nacional tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y a optimizar la cancelación de las obligaciones'.
El objetivo es lograr una mayor celeridad en la recuperación de los créditos fiscales y una mayor eficiencia en la gestión de la recaudación.