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ARCA actualiza topes: qué montos quedan fuera del control fiscal en comercios

La medida forma parte del "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos", una iniciativa del Gobierno de Javier Milei para facilitar el ingreso de capitales no declarados al sistema formal.

ARCA actualiza topes- qué montos quedan fuera del control fiscal en comercios

ARCA actualiza topes: qué montos quedan fuera del control fiscal en comercios.

27/05/2025 23:30 Economía
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A partir del jueves 29 de mayo, los comercios dejarán de estar obligados a identificar a sus clientes en operaciones en efectivo de hasta $10 millones, según lo dispuso la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mediante la Resolución General 5700/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial. La medida forma parte del "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos", una iniciativa del Gobierno de Javier Milei para facilitar el ingreso de capitales no declarados al sistema formal.

Hasta ahora, los montos que obligaban a identificar al consumidor final eran de $250.000 para pagos en efectivo y $400.000 para otros medios de pago. Con la nueva normativa, estos límites se unifican y elevan a un nuevo umbral de $10 millones, por debajo del cual no será obligatorio registrar los datos del cliente en la factura.

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Esto implica que, en operaciones comerciales que no superen ese monto, los comercios no estarán obligados a solicitar datos como el CUIT, CUIL, CDI o DNI, salvo que se trate de casos específicos previstos por la normativa.

Nuevas disposiciones oficiales

 Identificación del consumidor final:

-Nuevo umbral unificado: $10.000.000

-Antes: $250.000 en efectivo / $400.000 con otros medios

-Aplicación: en comprobantes de ventas, locaciones o prestaciones a consumidores finales.

 Facturación simplificada ("Facturador") para monotributistas:

-Nuevo límite por operación: $500.000

-Antes: el tope era menor (no especificado en esta resolución).

-Exclusión: Los monotributistas sociales no podrán usar esta herramienta para operaciones superiores a $250.000 (la mitad del nuevo tope general).

Las modificaciones apuntan a desburocratizar y simplificar los regímenes de información fiscal, como lo establece el Decreto 353/2025, que ordena reducir las trabas para la inversión y adquisición de bienes, en línea con los compromisos internacionales de la Argentina.

¿Qué implica este cambio?

Aunque los nuevos montos no restringen movimientos financieros, por debajo de ese umbral las operaciones no generan reportes automáticos a ARCA. En cambio, por encima de los $10 millones, supermercados, bancos, sociedades de bolsa y comercios están obligados a informar la operación, lo que podría derivar en requerimientos adicionales al contribuyente sobre el origen de los fondos.

Adicionalmente, se han eliminado regímenes de información en ciertos casos, como:

-Compras personales con tarjeta de débito, crédito o billeteras virtuales.

-Operaciones notariales.

-Compra-venta de vehículos.

-Pago de expensas.

-Transferencias de inmuebles.

-Consumos relevantes de servicios (electricidad, gas, agua, telefonía).

La nueva normativa reduce los reportes automáticos a ARCA, pero otras entidades como la Unidad de Información Financiera (UIF) mantienen sus facultades de monitoreo. Por ejemplo, se sigue utilizando el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante posibles maniobras de lavado de dinero o financiación del terrorismo, incluso cuando las operaciones no superen los nuevos límites.

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