Como consecuencia de la veda electoral, en la Ciudad de Buenos Aires hay algunas actividades que quedan prohibidas desde las 8 de la mañana del viernes 16 de mayo y hasta las 21 del domingo 18 de mayo, tres horas después de la finalización de los comicios. Una de estas prohibiciones contempla la venta de alcohol, pero la misma iniciará la jornada previa a concurrir a las urnas.
Cuándo empieza y cuándo termina la prohibición de vender alcohol
La venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del día anterior a la elección (es decir el sábado 17 de mayo) hasta las 21 del día en que se celebran los comicios (el domingo 18 de mayo.
A quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la pena dependen del incumplimiento en el que incurran.
Qué cosas están prohibidas durante la veda electoral
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
Realizar actos públicos de proselitismo
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.