La Cámara Federal de la Seguridad Social solicitó a la Corte Suprema una medida urgente: la suspensión por 90 días del dictado de nuevas sentencias por parte de los jueces de primera instancia.
El pedido fue aceptado por el Alto Tribunal mediante la Resolución 118/2025.
La medida se basa en el argumento de que la gran cantidad de juicios iniciados por jubilados han generado un “colapso” en los juzgados federales.
Qué implica la medida
Esta resolución concede a los juzgados federales de primera instancia de la Seguridad Social una suspensión de plazos de 90 días para el dictado de sentencias interlocutorias simples de primera liquidación y sus actualizaciones en los procesos ejecutorios referentes a las causas previsionales contra la Anses y las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
La fundamentación del pedido radica en la necesidad de mitigar el colapso que enfrenta el fuero y así poder brindar un mejor servicio de justicia.
Se estima que en los juzgados existen alrededor de 270.000 juicios iniciados por jubilados, de los cuales unos 90.000 ya cuentan con sentencia firme.
Muchos de estos litigios se prolongan durante años, principalmente por desacuerdos en el cálculo de los haberes y los cambios en las fórmulas de movilidad.
Otro factor que agrava la situación es la demora de la Corte Suprema en resolver las causas favorables a los jubilados apeladas por la Anses, algunas de las cuales tienen una antigüedad de más de diez años.
Por su parte, la Anses emitió un comunicado aclarando que la Resolución de la Corte Suprema no modifica el esquema de pago de las sentencias firmes. Se trata únicamente de una prórroga concedida a los jueces de primera instancia para el dictado de sus resoluciones interlocutorias.
Qué dice la Ley
Es importante recordar que en julio del año pasado, la Anses decidió separar la actualización del haber mensual del pago de las retroactividades, priorizando los reajustes de haberes de las sentencias firmes más antiguas y dejando para una segunda etapa el pago de los retroactivos, el cual aún no tiene una fecha definida.
La ley previsional establece un plazo de 120 días para el pago completo de la sentencia (retroactividad más reajuste del haber), pero este plazo no se está cumpliendo.
Una problemática que persiste
Ante esta demora en el pago total, los abogados han comenzado a recurrir al embargo directo de las cuentas de Anses para asegurar el cobro de las sentencias firmes.
A pesar de que la Anses abonaba anualmente una partida presupuestaria destinada al pago de sentencias (alcanzando las 40.000 en 2023), el stock de juicios no se reduce debido al ingreso de nuevas demandas y a que los abogados consideran que, en muchos casos, el pago de la retroactividad o del haber reajustado está mal liquidado, lo que los lleva a volver a litigar.
La medida de la Corte Suprema busca aliviar la presión sobre los juzgados de primera instancia, pero la problemática de fondo, relacionada con el elevado número de juicios y la demora en los pagos, persiste y genera incertidumbre entre los jubilados.