Diputados: reiterancia delictiva y juicio en ausencia, los otros dos proyectos que están cerca de obtener la media sanción
El oficialismo propuso discutirlos en el recinto esta semana, junto con la suspensión o eliminación de las primarias; los detalles de las iniciativas
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El Gobierno pretende esta semana avanzar formalmente con el temario de las sesiones extraordinarias propuesto por el Poder Ejecutivo. El cronograma tentivo que se acordó el martes pasado en la reunión entre bloques dialoguistas y el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, definió que la primera sesión será el próximo jueves. Propusieron incluir el debate sobre las primarias junto con las dos iniciativas que cuentan con dictamen: la modificación del régimen de reiterancia delictiva y la implementación del juicio en ausencia.
Mientras que la posibilidad de suspender o eliminar las primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) se terminará de definir a lo largo de la semana, tras el pronunciamiento de Unión por la Patria (UP) y el trabajo en comisiones, las otras dos iniciativas parecieran encaminarse a su media sanción.
Ambos proyectos cuentan con dictamen de comisión e intentaron debatirse en el recinto junto con el trunco proyecto de “ficha limpia”, impulsado por Pro, la UCR y otros bloques. Las sesiones convocadas para discutir estas iniciativas fueron obturadas por falta de quorum.
Juicio en ausencia
El proyecto de ley para instaurar el juicio en ausencia en el país lo presentaron los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad) en las vísperas del trigésimo aniversario del atentado contra la AMIA. Obtuvo dictamen de mayoría en octubre y contó con el aval de casi todas las fuerzas políticas menos el kirchnerismo.
Permite el juicio en ausencia para delitos graves como crímenes de lesa humanidad o terrorismo, siempre que el imputado no pueda ser hallado tras intentos razonables. El proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo establece condiciones específicas para la implementación del juicio en ausencia. En primer lugar, esta medida se aplicará cuando el acusado haya sido declarado rebelde, es decir, si, a pesar de conocer el proceso en su contra, evita comparecer, ignora los requerimientos judiciales o evade la acción de la justicia. También se contempla esta posibilidad cuando, tras cuatro meses de búsqueda activa a nivel nacional o internacional, no se logre localizar al imputado.
Mesa de Diálogo sobre "La necesidad de instaurar el Juicio en Ausencia".
— Margarita Stolbizer (@Stolbizer) July 16, 2024
Hablamos de la exclusividad y excepcionalidad para los crímenes más graves y aberrantes, como genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y agresión (los del Estatuto de Roma de la Corte Penal… pic.twitter.com/UDYlopw0Tc
Otra circunstancia en la que se podrá recurrir al juicio en ausencia es cuando un pedido de extradición formulado por Argentina sea rechazado o quede sin respuesta dentro del plazo estipulado, siempre que el Poder Ejecutivo no haya autorizado que el acusado sea juzgado en el país requerido.
Para salvaguardar el derecho a la defensa, la normativa prevé que el juez designe un defensor oficial si el imputado no cuenta con uno propio, aunque este podrá nombrar un abogado de su confianza en cualquier momento del proceso. Además, la presencia física del acusado no será obligatoria en ninguna instancia judicial, ya que todos los derechos que le corresponden serán ejercidos en su nombre por su defensor, según lo estipula el proyecto.
El objetivo de la propuesta es garantizar la continuidad de los procesos judiciales en casos donde el imputado evade la justicia. Podría ser utilizado en la causa AMIA contra los imputados iraníes. Irán se negó a extraditar a sus ocho ciudadanos acusados por el ataque a la mutual judía.
Reiterancia delictiva
Es otro de los proyectos impulsados por Bullrich. Obtuvo dictamen de mayoría a fines de septiembre. Fue acompañado por Pro, la UCR, La Libertad Avanza (LLA) y, en disidencia, Encuentro Federal. Apunta a reforzar las herramientas legales para prevenir la reincidencia y la reiterancia delictiva a partir del establecimiento de criterios claros para restringir la libertad en función de los antecedentes penales y el riesgo de nuevas conductas delictivas. Define como “reincidente” a quien haya sido condenado dos o más veces a penas privativas de libertad, siempre que la primera condena esté firme.
Busca que, al evaluar la posibilidad de otorgar la excarcelación a un imputado, los jueces consideren la existencia de múltiples causas penales en trámite como un indicio de riesgo procesal. Es decir, si una persona está siendo investigada en varias causas por delitos que conllevan penas privativas de la libertad, esta situación podría ser interpretada como una señal de que, al recuperar su libertad, el imputado podría intentar eludir a la justicia.
“Hasta ahora, se consideraba reincidente a toda persona que hubiera sido condenada dos o más veces a una pena con privación de la libertad efectiva. Entonces hay un montón de casos de delincuentes con innumerables condenas con libertad condicional sin ser nunca reincidentes. Con este proyecto cortamos la impunidad que siente la gente, que dice, ayer vinieron al barrio, me robaron, lo dejaron, lo largaron, al otro día vuelve al barrio, me volvieron a robar y lo volvieron a largar”, planteó la ministra de Seguridad.
5)Reiterancia y juicio en ausencia. También daremos nuestros votos para terminar con la puerta giratoria que devuelve pronto a los delincuentes a la calle.
— Rodrigo de Loredo (@rodrigodeloredo) January 21, 2025
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