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El acusado de matar al delivery en Moreno contaba con frondosos antecedentes policiales. Entre otros, uno por robo agravado de 2022 y otro por robo simple, con intervención de dos juzgados en lo Criminal de Mercedes. En ambos casos había sido condenado, salió libre y a los pocos días volvió a delinquir. “Lo teníamos preso y la Justicia lo liberó”, dijo ayer un vocero policial.
No es la primera vez que ocurre esto con una persona condenada en la provincia de Buenos Aires. O con los miles de procesados, que reciben beneficios como el régimen de salidas transitorias, que utilizan para volver a delinquir. Porque no todo el mal reside en la Justicia, que dicta fallos benignos y ordena rápidos liberaciones.
Es ostensible que también influye la pésima política carcelaria que no sólo no resocializa a los delincuentes, sino que en no pocos calabozos, pabellones y patios de los penales se dictan “clases” de delincuencia. Cuando no se organizan desde allá los secuestros virtuales y otros asaltos y delitos en el exterior de las prisiones.
De modo que al grave cuadro de inseguridad reinante producido por una ola delictiva que no deja de crecer, se le viene sumando el “aporte” de la llamada puerta giratoria, que permite que no pocos delincuentes, con condena firme o que cuentan con beneficios procesales que les permiten salir temporalmente de las cárceles, aprovechan esas ventajas para volver a delinquir. El caso de los menores que cometen delitos es ilustrativo: salen más rápido de las comisarías que quienes son sus víctimas y tienen que hacer las denuncias.
La inseguridad es un problema que viene desde hace varias décadas, y que se vio intensificado por una suma de desaciertos institucionales, que abarcaron tanto a la gestión de las fuerzas de seguridad, con permanentes vaivenes sobre sus formas de accionar, como a muchas normas de la legislación penal de fondo o procesal sancionadas en ese lapso, entre otras que instauraron el insano principio de la “puerta giratoria” otorgada con discrecionalidad, a lo que se suma la permisividad de otros beneficios carcelarios y los criterios insólitamente dispendiosos que se aplicaron en fallos judiciales. La combinación, ciertamente, es explosiva.
Siempre se ha dicho que el problema de la inseguridad no es exclusivamente policial y penitenciario. El fenómeno de la reincidencia responde a otras causas complejas, que los organismos del Estado con incumbencia en el tema debieran analizar y revisar a fondo si es que, realmente, quisieran mejorar el panorama, antes de sancionar leyes y aplicar criterios jurisprudenciales que se vienen manifestando cada vez más ineficaces para enfrentar la inseguridad reinante.
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En estos casos especiales ya no se pide que la policía o la justicia actúen, puesto que ya lo hicieron. Lo que se reclama es que no se les ofrezca el beneficio de la libertad a personas que aún no cumplieron su condena y que, bajo ningún concepto -por cuanto no se ha demostrado que se encuentren en condiciones de convivir como personas honestas- merecen ninguno de los beneficios procesales existentes. En el episodio de Moreno, el ejemplo es nítido, en el sentido de que tantas decisiones insanas le costaron la vida a un delivery.
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