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Política y Economía |Impide presentarse a quien recibe una condena en segunda instancia

El proyecto de Ficha Limpia no dejaría que Cristina sea candidata

El proyecto de Ficha Limpia no dejaría que Cristina sea candidata
19 de Enero de 2025 | 01:06
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El Gobierno Nacional ya tiene listo el proyecto de Ficha Limpia para enviar al Congreso en sesiones extraordinarias.

El texto que firmó este viernes a última hora el presidente Javier Milei, poco antes de partir rumbo a los Estados Unidos, incluye modificaciones sobre el proyecto que se había discutido en la Cámara de Diputados en 2024.

De aprobarse, la iniciativa impacta directamente en la situación de Cristina Kirchner al incorporar en la Ley Orgánica de Partidos Políticos la imposibilidad de presentarse como candidatos a aquellas personas que hayan sido condenadas en primera y segunda instancia por delitos de corrupción en la función pública y en perjuicio de la Administración. Para ello, las sentencias deberán ser previas el año electoral, como en el caso de la expresidenta.

En cambio si se dictase una sentencia en los términos de Ficha Limpia durante este año, la persona podría ser candidata en las elecciones.

También propone modificaciones que, si bien no se encontraban en el proyecto que iba a ser tratado en la Cámara de Diputados, en diciembre pasado, cuando por falta de quórum no se pudo debatir (en parte por ausencias oficialistas), que desde el Gobierno consideraron esenciales para garantizar la viabilidad práctica de la Ficha Limpia, la seguridad jurídica en las elecciones y la idoneidad en el acceso a los cargos públicos.

En primer lugar, se prevé la aplicación de las disposiciones de Ficha Limpia para el ámbito de la Administración Pública Nacional. Así, se establece que aquellas personas condenadas en los términos explicados, tampoco podrán ser designados como Jefe de Gabinete de Ministros, Ministro, Secretario, Subsecretario, entre otros, ni ejercer funciones equivalentes.

Según el Gobierno la iniciativa que se envía contribuye de manera concreta a dotar de operatividad al mandato del artículo 16 de la Constitución, que consagra la idoneidad como único requisito para poder ejercer un empleo público.

 

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