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Un magistrado del Fuero de Familia local avaló una transfusión de sangre de urgencia a una bebé de un año, cuyos padres son Testigos de Jehová y no la aceptaban por ir en contra de su religión. La criatura tiene neumonía y anemia. Su cuadro es grave
La bebé, después de la transfusión, mostró signos de estabilidad / Web
Se sabe que el rechazo de la Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová de recibir transfusiones sanguíneas siempre ha significado un conflicto ético y profesional para el mundo de la medicina. La razón que esgrime este grupo religioso, con sede de origen en Brooklyn, Estados Unidos, se basa en un mandato explícito de Dios que, de alterarse, implica una intolerable pérdida en el ámbito espiritual. Tanto es así, que se prefiere la muerte antes de la posibilidad concreta de ayudar a mantener la vida.
Esta situación crítica se acaba de registrar en La Plata, donde una denuncia en sede policial motorizó una intervención judicial de urgencia, que avaló que a una bebé de un año, internada en un centro privado con un cuadro avanzado de neumonía y anemia, le pasaran glóbulos rojos y plaquetas de un banco de sangre.
Los padres de la criatura, que defienden esa creencia, más allá del consentimiento que firmaron al ingreso de la pequeña a la institución, cuando los profesionales les advirtieron que corría peligro y necesitaban de una transfusión, se negaron rotundamente a que lo hicieran. Y dejaron todo en manos de Jehová (Dios).
Sin embargo, en la emergencia, hubo una presentación en la comisaría novena, que articuló con la Fiscalía y el juez de Familia en turno, quien fue el que terminó de dar luz verde a la intervención. Así a la chiquita se le realizó la transfusión y, aunque su estado de salud seguía siendo monitoreado muy de cerca al cierre de esta edición, por lo complejo, al menos habría mostrado algunos signos de estabilidad y “ya no tuvo más fiebre”, expresó una fuente cercana al caso.
Se sabe que en La Plata no es la primera vez que se suscita una cuestión de esta naturaleza. Pero ante la firme creencia de que el alma es la sustancia portadora de la vida, no la sangre, y que transgredir esa norma constituye un desafío a la voluntad de Dios, para muchos el tema se presenta como un verdadero desafío moral y jurídico, que la Justicia ha sabido resolver, con matices, para eludir posibles consecuencias penales.
No es lo mismo, aseguran los especialistas, que un mayor de edad, Testigo de Jehová, no acepte ser transfundido, que el paciente sea menor de edad.
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En el primer supuesto, es la autonomía de la voluntad lo que prima. En el segundo, las normas supremas que rigen el país. La fría letra de la ley.
En otras palabras, el principio de autonomía personal se ve limitado por la tutela que el Estado y los padres o representantes legales tienen sobre el bienestar del menor.
La legislación y jurisprudencia tienden a priorizar el interés superior del niño, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño (art. 3), ratificada por Argentina, estableciendo que toda decisión que afecte al menor debe velar por su bienestar y protección.
Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Nación y otros tribunales priorizaron el derecho a la vida, integridad física y salud del menor, como inalienable y de interés superior, sobre la libertad religiosa de los padres quienes rechazaban la transfusión sanguínea, estando el Estado obligado a protegerlo.
El actual Código Civil considera que “a partir de los 16 años el adolescente es considerado como un adulto para las decisiones atinentes al cuidado de su propio cuerpo” y llama a considerar el desarrollo y madurez de cada joven, esto es la autonomía progresiva.
Hace pocos días, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España a pagar 26.000 euros en concepto de daño moral y costas a una testigo de Jehová que demandó a la Administración tras haber recibido varias transfusiones de sangre en el marco de una operación de urgencia, a pesar de que se había negado a ello.
Un juez de La Plata autorizó que a una bebé le transfundan sangre pese a una barrera religiosa
Los magistrados de la corte de Estrasburgo han adoptado esta decisión al ver vulnerado el derecho de la demandante a su respeto a la vida privada y familiar y su derecho a la libertad religiosa.
Los Testigos de Jehová son un grupo religioso que empezó en los Estados Unidos en el año 1870. Se reúne en edificios que ellos llaman “salón del reino de los Testigos de Jehová” y promueven doctrinas diferentes a la enseñanza bíblica sobre el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, entre otras.
Su fundador fue Charles Taze Russell, quien nació y murió en los Estados Unidos (1852-1916). Russell comenzó a estudiar la Escritura a los 18 años y terminó por afirmar que la Biblia solo podía entenderse de acuerdo con las interpretaciones particulares que él proponía. Además, tuvo problemas para aceptar las doctrinas bíblicas sobre el infierno eterno y la deidad de Cristo, entre otras cuestiones.
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