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27 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
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Tras la polémica por el casamiento entre primos, el Registro Civil aclaró: "Siempre pudieron casarse"

Las uniones prohibidas son aquellas en las que existe parentesco en línea recta por consanguinidad, entre ascendientes y descendientes: padres, hijos, abuelos y bisabuelos. A ellos se suman los vínculos por afinidad: suegros, abuelos de los suegros, nueras, yernos, cuñados y los hermanos en segundo grado de consanguinidad.
Viernes, 25 de octubre de 2024 10:17
Tras la polémica por el casamiento entre primos, el Registro Civil aclaró: "Siempre pudieron casarse" Tras la polémica por el casamiento entre primos, el Registro Civil aclaró: "Siempre pudieron casarse"

Los recientes dichos de María Fernanda Ubiergo, subsecretaria del Registro Civil de Salta, sobre el casamiento entre primos disparó una polémica, de la que se hizo eco todo el país.

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Los recientes dichos de María Fernanda Ubiergo, subsecretaria del Registro Civil de Salta, sobre el casamiento entre primos disparó una polémica, de la que se hizo eco todo el país.

La noticia sobre la legalidad del matrimonio entre primos de segundo grado de consanguinidad, sorprendió a muchos. Ubiergo dio la información, durante una entrevista con el medio FM Profesional.

Según la funcionaria, el Código Civil y Comercial de la Nación autoriza el matrimonio entre primos de segundo grado, que son los hijos de primos hermanos, perteneciendo a la misma generación y compartiendo bisabuelos.

La controversia, la llevó a brindar una aclaración y explicó que los primos de segundo grado “siempre pudieron casarse”. Eso sí, resaltó que la prohibición apunta al casamiento con cuñados o ex suegros; suegros y yernos o nueras y sobrinos y tíos políticos. En cuanto al parentesco por afinidad, dijo que hace referencia a la relación entre una persona casada y los familiares de su pareja. Es decir que, la normativa vigente prescribe los vínculos biológicos y jurídicos.

Ubiergo también señaló a los medios locales que las uniones prohibidas son aquellas en las que existe parentesco en línea recta por consanguinidad, entre ascendientes y descendientes como padres, hijos, abuelos y bisabuelos. A ellos se suman los vínculos por afinidad, como los suegros, abuelos de los suegros, nueras, yernos, cuñados y los hermanos en segundo grado de consanguinidad.

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