El ex cura Agustín Rosa Torino, condenado a 12 años de prisión por abusos sexuales cometidos entre 2009 y 2012, entre ellos una exmonja y dos exseminaristas en un instituto que luego fue intervenido por el Vaticano, fue beneficiado con la prisión domiciliaria debido a su grave estado de salud.
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El ex cura Agustín Rosa Torino, condenado a 12 años de prisión por abusos sexuales cometidos entre 2009 y 2012, entre ellos una exmonja y dos exseminaristas en un instituto que luego fue intervenido por el Vaticano, fue beneficiado con la prisión domiciliaria debido a su grave estado de salud.
Así lo decidió la Sala I del Tribunal de Impugnación de Salta en su fallo N.º 252, correspondiente al expediente 139461/22. Según el documento, la decisión se fundamenta en los problemas graves de salud que padece el religioso, sumados a su avanzada edad, que lo convierten en un "paciente de muy alto riesgo". El fallo revoca una resolución anterior que había negado este beneficio.
Rosa Torino, exlíder de la congregación religiosa Hermanos Discípulos de Jesús de San Juan Bautista, fue condenado por abusos sexuales cometidos contra varios integrantes de la comunidad. A pesar de su condena, la defensa encabezada por el abogado Daniel Arnedo solicitó en múltiples ocasiones la prisión domiciliaria para el sacerdote, alegando que sus condiciones de salud, sumadas a su edad avanzada, justificaban este cambio en el régimen de detención.
En mayo de 2023, la Sala IV del Tribunal de Juicio había rechazado este pedido, argumentando que la situación del imputado no cumplía con los requisitos necesarios para la prisión domiciliaria. Este fallo fue apelado por la defensa, pero la Sala IV del Tribunal de Impugnación volvió a rechazar el recurso en junio de 2023, y en julio de 2023 se desestimó un recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Rosa Torino.
La situación dio un giro en febrero de 2024, cuando la Corte de Justicia de la Provincia de Salta intervino, haciendo lugar a un recurso de queja presentado por la defensa. En junio de 2024, la Corte ordenó la emisión de un nuevo pronunciamiento sobre la situación de Rosa Torino, solicitando una actualización de los informes médicos que permitieran una evaluación adecuada de su estado de salud y la debida ponderación de su edad.
En este contexto, un informe médico elaborado por los doctores Benjamín Ruiz de los Llanos y Jorge Borelli en julio de 2024 fue clave para la decisión final del Tribunal. Dicho informe indicaba que Rosa Torino presentaba un cuadro clínico grave, con riesgo elevado de sufrir eventos cardiovasculares debido a sus múltiples enfermedades y la cantidad de medicación que consume diariamente. Según los especialistas, el sacerdote no estaba en condiciones de permanecer en un establecimiento penitenciario sin que su vida corriera un riesgo considerable.
Además de los informes médicos, la defensa argumentó que las instalaciones carcelarias no garantizaban el acceso adecuado a los tratamientos y medicamentos que Rosa Torino necesita, lo cual vulneraría su derecho a la salud, contemplado en el artículo 18 de la Constitución Nacional.
Consideraciones legales del fallo
El fallo de la Sala I del Tribunal de Impugnación destacó que, a la luz de las normativas vigentes en el Código Penal (artículo 10) y la Ley 24.660 (artículo 32), se debe priorizar el principio de humanidad en la ejecución de la pena cuando se trata de personas mayores de 70 años. En este sentido, el Tribunal subrayó que mantener a Rosa Torino en una cárcel sin la atención médica adecuada podría constituir un trato cruel, inhumano o degradante, prohibido tanto por la Constitución Nacional como por convenios internacionales de derechos humanos.
Además, se hizo referencia a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en fallos previos ha reconocido la necesidad de otorgar prisión domiciliaria a personas mayores o con graves problemas de salud, para evitar la violación de sus derechos fundamentales.
Prisión domiciliaria con monitoreo electrónico
El Tribunal decidió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la defensa de Rosa Torino y otorgar la prisión domiciliaria, con la condición de que se constituya un domicilio apto para el monitoreo electrónico, bajo la supervisión de la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico (UADME). En este sentido, el Tribunal ya había evaluado un domicilio propuesto anteriormente, pero lo rechazó debido a la presencia de un menor en la vivienda, lo que no cumplía con los estándares requeridos para la prisión domiciliaria.
Se espera que el Juzgado de Ejecución y Detenidos de Segunda Nominación supervise el cumplimiento de este régimen y las condiciones del domicilio propuesto, asegurándose de que se brinde la atención adecuada al condenado, quien seguirá bajo estricta vigilancia electrónica.