El caso Lolen, cuando la naturaleza no juzga
Si el caso debiera dejar una enseñanza, esta sería la de cumplir con el deber de prevención desde quienes deben cuidar el lugar (Parques Nacionales y concesionarios), hasta quienes lo visitan.
El reciente fallo recaído en el Caso “Lolen”, tal vez sea uno de los más emblemáticos en orden a determinar si es la naturaleza o el hombre, el responsable de un daño.
Una decisión delicada y particularmente dolorosa, cuando las víctimas mortales son menores de edad.
En dicha inteligencia, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Neuquén a comienzos de noviembre pasado, determinó que “nadie puede prever la hora de la muerte de un ser vivo”, y que “no estaba establecido quién o quiénes debían revisar los árboles para establecer si existía un riesgo”.
Así los cuatro guardaparques que habían sido imputados por homicidio culposo, presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público y lesiones graves, por la caída de un árbol que causó la muerte de dos niños en el Camping Lolen del Parque Nacional Lanin , fueron absueltos.
El caso ventiló el hecho ocurrido el 1 de enero de 2016, por el cual un árbol ubicado a las orillas de las playas de Catritre, se desplomó matando una niña de dos años y un niño de siete años, además de causar graves heridas a un padre y una abuela de uno de ellos
La resolución reparó en que “los hechos de la naturaleza son casi impredecibles y los funcionarios que trabajan para el Estado no son responsables”, a menos “que exista una norma que establezca que debía realizar una tarea concreta para evitar ese hecho y no se hizo”.
En ese sentido, manifestó que “nada de ello fue probado en el juicio quedando demostrado que los guardaparques , sobre los que se habían pedido tres años de prisión, no tenían ordenada esa función, ni contaban con la formación suficiente para establecer si un árbol podía llegar a colapsar”.
Sostuvo que los Parques Nacionales son un ambiente natural y hostil donde la prioridad es, justamente, el parque, donde existen peligros para los que se deben tomar medidas de prevención y que los guardaparques, son los encargados de cuidar que no haya basura, que se respete la naturaleza y brindar socorro a los turistas cuando lo necesitan.
De la prueba recabada en el expediente surge que no hay antecedentes de que un roble pellín se haya caído en una playa pública y que el 90% de los árboles mueren de pie, señalando los expertos que no hay norma que establezca qué árboles talar en cada temporada, ni un procedimiento para ello».
Por su parte la APN (Administración de Parques Nacionales) ratificó su postura que el ecosistema protegido en el Paraje Lolen es de carácter agreste en tanto sinónimo de silvestría, caracterizado por la baja intervención humana. Esa condición no excluye que se produzcan fenómenos naturales que impliquen riesgos para la vida humana y para el ambiente.
El veredicto del TOF señaló su profunda tristeza por la perdida de criaturas y su malestar con la tardanza del juicio, pidiendo perdón por ello y remarcó que el hecho debía necesariamente traer de la mano una enseñanza. Tal lo ocurrido, recordó, el 9 de enero de 2014 cuando a partir de un rayo en la playa de Villa Gesell que dejó tres muertos, se adoptó la señalización con una bandera de color negro con un rayo blanco en el medio, para advertir la ocurrencia de tormentas eléctricas.
Sobre esta última cuestión seria esperable que, en lugares de concurrencia pública habilitados para el camping, como ocurrió en este caso, las tareas de relevamiento de arboles añosos fueran efectivamente cumplidas, ya que en razón de este antecedente el hecho dejó de ser imprevisible.
Si el caso debiera dejar una enseñanza, esta sería la de cumplir con el deber de prevención desde quienes deben cuidar el lugar (Parques Nacionales y concesionarios), hasta quienes lo visitan, alertando cuando se detecten anomalías o situaciones riesgosas.
El tener un protocolo en la materia y preparar más acabadamente al personal encargado, fundamentalmente del cuidado de los sectores establecidos para el acampe, también debe ser una de las prioridades a considerar.
La naturaleza no juzga, pero enseña.
Es el hombre quien, a partir de sus manifestaciones, debe corregir su paso e impedir que tragedias tan lamentables como la expuesta, vuelvan a suceder.
Abogado. Prof. Nacional de Educación Física. Docente universitario. angrimanmarcelo@gmail.com
El reciente fallo recaído en el Caso “Lolen”, tal vez sea uno de los más emblemáticos en orden a determinar si es la naturaleza o el hombre, el responsable de un daño.
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