Mientras el presidente electo, Javier Milei, continúa insistiendo en los beneficios que podría traer el arribo de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en nuestro territorio y sostiene los porque de incluirlas dentro del Decreto de necesidad y urgencia (DNU) N ° 70/2013 la Confederación Argentina de Deportes (CAD) presidida por Rodolfo Paverini, presentó un recuerso de amaparo colectivo contra el polémico decreto por lo que el Juez a cargo habilitó la feria para que la causa entre en trámite.
En la cautelar presentada ante el Juez Lavié Pico, la CAD advierte no solo de lo inapropiada que es la inclusión de las SAD dentro de un DNU sino también sobre las implicaciones que la misma podría tener en las delegaciones nacionales. Según el escrito las consecuencias podrían incluir sanciones tanto para la delegación nacional que se presentará en los Juegos de París 2024 como la de la Selección argentina que disputará la Copa América este año en Estados Unidos.
Según entiende la CAD, esta posición del Gobierno viola la autonomía reconocida por la ley a las Asociaciones Civiles Deportivas y podría tener duras sanciones tanto de FIFA como de Conmebol para la Selección. “Esta reforma viene acompañada de una degradación del deporte nacional, siendo que su autoridad de aplicación ha perdido el rango Ministerial y por disposición de la nueva organización ministerial ocupa el rango de Secretaría. La mayoría de los clubes modificaron sus estatutos para prohibir la transformación en Sociedades Anónimas, mientras que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) siguió una línea similar.
La advertencia de la CAD sobre las posibles sanciones de FIFA y Conmebol
“Esta conducta y procedimiento del Poder Ejecutivo es violatoria del art. 20 de la ley 20.655 en el cual se reconoce la autonomía de las Asociaciones Civiles Deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física en el libre ejercicio de sus funciones. Es dable destacar que este texto en la normativa del deporte es reclamadas por las organizaciones supra nacionales (asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas internacionales), incluídas el Comité Olímpico Internacional, Comité Paralímpico Internacional y muy especialmente por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), en cuyos estatutos estipulan severas penalidades en el caso de injerencia de los Gobiernos en asuntos relacionados con la vida institucional de las entidades que la componen.
En este caso, es insoslayable que el accionar del Poder Ejecutivo atenta contra la institucionalidad de las asociaciones civiles deportivas en su conjunto y por ello, es muy probable que una vez notificadas de los alcances del DNU 70/2023 en los términos de autorización conferidos en el artículo 2 de la resolución de Consejo Directivo de la Confederación Argentina de Deportes, celebrada el día 27 de diciembre de 2023, la Conmebol podría marginar de sus competencias a los clubes de fútbol argentino y de mantenerse vigente en el tiempo el citado decreto peligraría la participación de la Selección Argentina de Fútbol en la Copa América a jugarse en EEUU. Asimismo, y en igual sentido, procedería el Comité Olímpico Internacional y Paralímpico en suspender la participación de los y las atletas que representen a nuestro país en los próximos Juegos Olímpicos (París 2024).
Más allá de la decisión de la Asociación del Fútbol Argentino de su resolución por asamblea extraordinaria de impedir la recepción y/o transformación de alguna de sus asociados en SAD, una de ellas podría, en relación con este artículo incorporado en la ley 20.655, recurrir a la Justicia para ser recepcionada, provocando una colisión entre lo resuelto libremente por sus asociados y la imposición del Poder Ejecutivo, es decir S.S, que si esto llegara a pasar y la justicia resolviera en sintonía con lo que estipula este nuevo artículo de la ley, AFA debería comunicar a FIFA esta situación, lo que pondría en estado de suspensión la participación de los equipos de fútbol de Argentina en las competencias organizadas por esta y Conmebol”.