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Política y Economía |ImportaCIONES

Sin impuesto PAIS para los insumos de bienes que se orienten a las exportaciones

Sin impuesto PAIS para los insumos de bienes que se orienten a las exportaciones
5 de Enero de 2024 | 03:21
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El Gobierno excluyó del pago del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) la importación de mercaderías utilizadas para producir bienes con destino de exportación, con el fin de aliviar el efecto del gravamen sobre el comercio exterior. Allí se incluye a las industrias de Tierra del Fuego.

Así lo definió el Poder Ejecutivo a través del decreto 14/2024 publicado este jueves en el Boletín Oficial, en donde modificaron el artículo 13 bis del decreto 99/2019. La norma lleva las firmas del jefe de gabinete, Nicolás Posse y el Ministro de Economía, Luis Caputo.

“Las importaciones a que hacen referencia los citados incisos b) y e) comprenden a: i) las destinaciones definitivas de importación para consumo, incluyendo las que se perfeccionen en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida Islas del Atlántico Sur y ii) la introducción de mercadería a una zona franca, incluyendo la correspondiente a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida Islas del Atlántico Sur, excepto de aquellas ingresadas al amparo de un Certificado de Tipificación de Zonas Francas (C.T.Z.F.) emitido en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 56 del 10 de octubre de 2018 del ex-Ministerio de Producción y Trabajo, o aquella que en el futuro la reemplace”, consignó la norma.

Cabe recordar que el impuesto PAIS equivale a una alícuota del 17,5% en el caso de la importación de mercadería y aplica a la compra de dólares destinados a las operaciones donde se adquieren bienes y servicios al exterior. Éste es percibido por los bancos al momento de que los importadores acceden al Mercado Libre de Cambios (MLC), y no se aplica si se paga con dólares propios.

El 24 de julio del año pasado el Gobierno de Alberto Fernández había extendido el Impuesto PAIS a todas las importaciones con la excepción de algunas cadenas de fabricación de artículos de la canasta básica. El tributo era del 7,5% para la compra de dólares destinados a las operaciones donde se adquieren bienes y servicios en el exterior.

 

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