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Política y Economía |Fallo de la Justicia en lo Contencioso Administrativo contra el Gobierno

Otro golpe: se complica en la Justicia el DNU de Milei con las reformas laborales

El amparo que frenó parte del decreto seguirá en el fuero laboral y abren la feria para revisar el paquete de medidas completo

Otro golpe: se complica en la Justicia el DNU de Milei con las reformas laborales

El juez Enrique Lavié Pico/web

5 de Enero de 2024 | 03:27
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El megadecreto de necesidad y urgencia (DNU) que el presidente, Javier Milei, pretende imponer sin pasar por el Congreso, sufrió ayer un doble revés judicial. El mismo día que la Cámara del Trabajo resolvió suspender la reforma laboral (ver aparte), el juez del fuero contencioso administrativo Enrique Lavié Pico habilitó la feria y activó una serie de casos que buscan anular no solo los cambios en materia laboral, sino todo el DNU.

Lavié Pico rechazó además un pedido del Gobierno para sacarle a la justicia del Trabajo la causa promovida por la CGT para frenar la reforma laboral incluida en el decreto.

La decisión judicial apuntó así contra el objetivo del Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, quien buscaba que el fuero contencioso se quedara con el caso y revocara la cautelar solicitada por la central obrera. Pero Lavié Pico no solo desestimó ese planteo, sino que además separó los expedientes que estaban concentrados en el fuero contencioso, desarmó el “proceso colectivo” iniciado con casos de distintos juzgados (desde Lomas de Zamora hasta San Juan) y ahora cada uno se tramitará por separado. Esto quiere decir que serán varios los jueces que podrán revisar la validez del decreto en su totalidad y eventualmente declarar su inconstitucionalidad.

En la Justicia tramitan varias demandas contra del DNU presidencial. Una de ellas es el amparo colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho de la ciudad de Buenos Aires en el fuero contencioso administrativo y que, ante el inicio de la feria judicial, pidió habilitar el análisis del expediente en enero y solicitó una medida cautelar para suspender el decreto.

A eso hizo lugar el juez Lavié Pico: “Torna procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial de enero en la tramitación de estos actuados entraña un riesgo cierto e inminente de la posible frustración de derechos que no podrían encontrar una protección oportuna en el caso de tener que esperar el transcurso de la feria judicial”, explicó el magistrado.

Por otro lado, desactivó el amparo colectivo, por lo que ya no habrá un proceso general contra todo el DNU, sino que cada demanda tramitará en cada tribunal por separado. “Ello es así en atención a que no se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la Asociación actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa”, argumentó Lavié Pico sobre la presentación colectiva del Observatorio del Derecho a la Ciudad.

Incluso, advirtió que dentro del colectivo de personas que el Observatorio dice representar “podrían existir personas que no se hayan visto alcanzadas por la normativa atacada, o que el nivel de afectación resulte diferente en cada situación”.

El magistrado enumeró además que el DNU 70/23 trata sobre temáticas muy diversas: Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras. Y que deberán “examinarse de manera independiente y en relación a cada materia -en concreto- ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción”.

El fallo, que podría redundar en una catarata de amparos, implica una derrota judicial para el Gobierno, que reclamaba que todas las causas contra el DNU se unificaran en un solo expediente colectivo en el fuero contencioso administrativo y no en la justicia laboral, donde tramitan las causas iniciadas por la CGT y la CTA.

Apelación

De todas maneras el Gobierno, que tiene cinco días para responder los amparos, podrá apelar para que la decisión sea revisada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Lo hará a través de un recurso que en las próximas horas presentará el Procurador General del Tesoro.

En tanto que sólo con un recurso ante la Corte Suprema el Poder Ejecutivo podría intentar dejar sin efecto la cautelar que suspende la reforma laboral incluida en el decreto. En principio, el máximo tribunal no revisa medidas cautelares y todo indica que la Corte no tomará ninguna decisión sobre el DNU antes de febrero. Pues ya, ante un planteo de la provincia de la Rioja, advirtió que no habilitará la feria para tratar los cuestionamientos al decreto de marras y, según comentan en ámbitos judiciales, difícilmente lo haga con otros expedientes.

El Gobierno adelantó que apelará a través del Procurador General del Tesoro

 

 

 

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