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Augusto Milano
eleconomista.com.ar
El presidente Javier Milei ya avisó de la posibilidad de convocar a una consulta popular sobre el mega DNU (decreto de necesidad y urgencia) en el caso de que sea rechazado por el Congreso. Es una posibilidad que está contemplada en el Art. 40 de la Constitución Nacional.
Sin embargo, no tiene ninguna posibilidad de concretarse.
Para que la consulta sea vinculante debe ser convocada por el Congreso a “iniciativa de la Cámara de Diputados”.
Pero si el Congreso rechaza el DNU, no cabría esperar que impulse la convocatoria a una consulta para eventualmente aprobarlo.
La consulta también puede ser convocada por el Presidente, pero en ese caso su resultado no sería vinculante.
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¿Cuál sería entonces la utilidad de realizarla?
La idea de recurrir a las consultas debería ser abandonada por el Presidente. Pero no solo por impracticable en un caso o por carecer de sentido en otro.
También es un instrumento riesgoso porque su resultado produce ganadores y perdedores absolutos, lejos de las instituciones democráticas que procuran distribuir el poder entre distintos actores.
La intención de los constituyentes del ´94 fue ampliar la participación popular porque en las consultas los ciudadanos deciden por sí mismos mientras que en las elecciones votan por quienes decidirán por ellos.
Pero convocar a una consulta en este momento sólo exacerbaría la polarización política en Argentina, porque solo habría dos opciones; aprobar o rechazar el DNU.
Esa alternativa que dejó abierta el Presidente fue coherente con otras declaraciones en los que pareció presentar al Congreso casi como un estorbo que impide que el Poder Ejecutivo pueda llevar adelante su programa apoyándose en una mayoría electoral.
Un mensaje que parece poco compatible con alguien que se presenta como el primer presidente liberal-libertario de la historia.
El valor del Poder Legislativo no es solo por lo que hace sino por lo que impide hacer. Y es clave para el sistema democrático que mantenga esa función.
La aprobación del mega DNU implicaría aceptar que los gobernantes pueden hacer y deshacer leyes a su antojo, y en ese caso, la protección de la ley para los ciudadanos deja de existir.
En este contexto, cabe la pregunta sobre qué es mejor para promover la inversión privada: ¿Un DNU que saca la intervención del Estado de donde no debe estar o el respeto a las reglas institucionales, más exigente, pero también más perdurable?
Pero en el corto plazo, los que pretenden entender el camino elegido por Milei señalan que no tenía muchas alternativas dada su escaso peso en el Congreso y la demanda social por cambios rápidos que está en línea con su visión de que no hay margen para el gradualismo.
“Si el Congreso rechaza el DNU, no cabría esperar que impulse la convocatoria a una consulta para eventualmente aprobarlo”
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