Ciudadanía italiana. La alternativa judicial a la falta de turnos consulares
Una abogada argentina en Italia, inició en 2009 una batalla legal que hoy se transformó en el principal medio de reconocimiento de la ciudadanía para miles de descendientes que enfrentan largas esperas por un turno en el consulado
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En el marco de una tendencia en aumento, cada vez más argentinos se suman al proceso de obtener la ciudadanía italiana, siendo una de las más demandadas por los hijos de inmigrantes en Argentina. A pesar de los frecuentes anuncios de las autoridades italianas a lo largo del tiempo, el acceso a un turno para poder presentar el pedido de ciudadanía resulta prácticamente vedado para los descendientes.
En este contexto, La Dra. Mónica Restanio, Abogada en Argentina - y Avvocato en Italia - desde hace 24 años se ocupa de tutelar los derechos de los ítalo-descendientes en todas las declinaciones de la ciudadanía italiana.
"Nunca pensé que la batalla legal que inicié en el 2009, se transformaría hoy, en el principal medio de reconocimiento de la ciudadanía para millares de descendientes cansados de la larga espera de un turno consular para obtener su ciudadanía."
Dra. Mónica Restanio.
La labor en Italia
Mónica Restanio fue la letrada que en el año 2011, ganó el primer juicio en Italia contra la falta de turnos de los consulados, y durante varios años más, la única abogada en ocuparse de este tema. Hasta hoy, ha asistido administrativa y judicialmente a miles de descendientes, muchos de ellos obligados a soportar una espera eterna – y contraria a derecho – para poder iniciar el procedimiento de reconocimiento de su status civitatis.
Mónica, comenzó en el año 2000 a ocuparse de los procedimientos de la ciudadanía italiana después de actuar en el ámbito del Derecho Privado Internacional. Ha sido consultora externa de la Embajada Argentina en Roma, y un referente para quiénes necesitaban la asistencia de un abogado argentino en Italia. Además, estuvo a cargo de los Consultorios Jurídicos de la Iglesia Argentina en Roma, y de Asociaciones laicas de ayuda social.
El apremio de dar una respuesta inmediata y concreta a las necesidades básicas de quiénes emigraban con lo puesto desde Argentina, en el contexto de una crisis social y económica devastadora, llevó a la letrada a formarse de manera específica en derecho de inmigración y ciudadanía.

Sumergida en un estudio intensivo del derecho italiano y extranjero aplicable - y a causa de la incesante presión de aquella época, también de los instrumentos de ayuda social - Mónica se embarcó en un desafío cargado de emotividad por la difícil situación de de los descendientes en condiciones de extrema fragilidad que la llevó a encontrar soluciones judiciales asequibles.
"Me encontré trabajando para niños, viudas, personas que habían perdido los ahorros de una vida a causa del corralito. Argentinos que necesitaban un tratamiento médico y que no podían esperar los tiempos inciertos (e ilegales) de los consulados para poder emigrar, y que, en caso de estar ya en Italia, también dependían de que los funcionarios respetaran la ley de fondo y los plazos para hacer efectivos sus derechos."
Dra. Mónica Restanio.
Reclamar por el legado
El obstáculo principal entonces y aún ahora, radica en la falta de respuesta de la Administración en los tiempos que ordena la ley. Por ende, la labor de la Dra. Restanio, fue elaborar una estrategia defensiva que obligara al Estado a cumplir con la normativa que pauta en tiempo y forma, el pedido de ciudadanía.
Así comenzó la tarea de tutelar a un ejército silencioso de descendientes apesadumbrados que reclamaban el legado de sus abuelos. Un legado inmaterial representado por un status italiano, y de consecuencia europeo, que otorga a su titular la facultad de ejercer infinidad de derechos y gozar de garantías. Entre ellos, el acceso a la salud pública, la posibilidad de radicarse en el resto de la Unión Europea como ciudadanos, la solicitud de becas de estudio y subsidios, el acceso a una vivienda “popular”, a una pensión social en sus diferentes variantes, etc.
Este fue el inicio de una estrategia defensiva para enfrentar la falta de turnos en los consulados, y también el obstruccionismo que muchas veces sufren quienes viajan a Italia a hacer presencialmente su pedido.

Las curvas legales
En ese entonces, no había precedentes referidos a este tipo de casos. Estos fueron los puntos clave en los procesos piloto de la abogada Restanio para lograr construir su tesis defensiva:
- Un año y medio de investigación y estudio exhaustivo de todo tipo de doctrina, normativa italiana y europea, y jurisprudencia por analogía.
- Intercambio de opiniones con jueces de la Justicia Administrativa y Civil, funcionarios de la administración, abogados del Estado, estudiosos y profesores para atesorar diversas perspectivas sobre la cuestión.
- Inspirarse en las “Acciones de amparo por mora de la Administración Pública” a las que los Abogados del Estado de la Sala Contencioso – Administrativa de la Procuración de Córdoba (a la cual la Dra. perteneció), debían responder.
- Decidir que, en lugar de reclamar a la Justicia un simple turno, fuera el Tribunal quien llevara a cabo la tarea que la Administración Pública no había ejecutado, es decir que directamente “diera” las ciudadanías.
Principales desafíos
El mayor desafío que presentaban este tipo de casos, era y aún lo es, fundamentar el derecho de acción (en Italia interesse ad agire). Esta necesidad se hacía aún más evidente en cada audiencia, cuando muchos jueces expresaban su reticencia, afirmando que no puede solicitarse judicialmente que se declare italiana una persona que ya lo es. De hecho, la condición principal que la Ley establece para ser italiano es “ser hijo de un italiano”, situación que se plantea de generación en generación, en una línea de descendencia hasta llegar al interesado en cuestión.
"Yo soy italiana, porque mi madre lo era, y mi madre, porque mi abuelo lo era... quiero significar que los descendientes ya poseemos la “italianidad” desde el mismo instante en que nacemos, aún cuando no tengamos el pasaporte en mano. Y esto, que debería traducirse en un beneficio evidente e inmediato para el hijo, nieto, o bisnieto de italiano, en los hechos no lo es."
Mónica Restanio.
Paradójicamente, los Consulados que deberían limitarse a controlar si la línea de transmisión no se ha interrumpido de padre a hijo, reenvían indefinidamente el inicio de la acción de reconocimiento, llamada “reconstrucción” errónea e instrumentalmente. Con ello modifican claramente los plazos que la ley establece, impidiendo a los legítimos titulares ejercer su status civitatis, a través de un evidente obstruccionismo burocrático que sugiere una decisión política de limitar los reconocimientos.

"Me dediqué intensamente a demostrar el derecho de acción que se esconde atrás de un impedimento objetivo, para iniciar un procedimiento que, en realidad, debe solo limitarse a formalizar un status que el descendiente ya posee."
Mónica Restanio.
Esta actividad marcó el punto de partida de la tutela judicial en Italia de los descendientes, ante los tiempos de espera ilegales de los consulados. Desde el año 2011, el estudio de la Dra. Restanio, lleva todas las causas de este tipo, ganadas en primer grado.
A lo largo de estos años, la Dra. Restanio ha formado un equipo de colaboradores del que también forma parte su hijo, próximamente Doctor en Derecho. Este grupo integrado por la Dra. Gabriela Costanzo, abogada por muchos años del Consulado Argentino en Roma, su hijo Francisco Leiva y varios Paralegales, desempeña una tarea esencial para que el trabajo de asistencia legal a los ítalo-descendientes se desarrolle en el marco de la ética y de la mayor seguridad jurídica posible.
Información de contacto: monicarestanio@gmail.com y + 39 34 0474 3052.
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