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A través de su publicación en el Boletín Oficial, del 26 de diciembre, del Decreto 76/2023 y su anexo, el Gobierno de Javier Milei convocó a sesiones extraordinarias al Congreso para tratar un paquete de leyes enviadas.
“En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 Inciso 9 de la Constitución Nacional.
El presidente de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1°.- Convocase al Honorable Congreso de la Nación a Sesiones Extraordinarias desde el 26 de diciembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024.
Artículo 2°.- Declárense asuntos comprendidos en la convocatoria, los detallados en el Anexo (IF-2023-152250184-APN-SSAL#SLYT) que forma parte integrante del presente Decreto.
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Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
En ese Anexo se detallan 11 cuestiones que son a las que deberá abocarse el Congreso para darle tratamiento.
Para eso, el Congreso deberá a partir del 26 de diciembre integrar, tanto en diputados como en el Senado, las diferentes comisiones de ambos cuerpos, muchas de las cuales deberán darle dictamen a cada una de esas leyes que envió el PEN para tratar en extraordinarias. Este trámite, estiman fuentes del Congreso, no estará concluido hasta el día 1° de enero en el que ya podrán empezar a sesionar con las Comisiones integradas. Tendrán 4 semanas hasta el 31 de enero, fecha en que concluye la etapa de extraordinarias, siempre y cuando el PE no la prorrogue.
El temario que integra el Anexo, publicado en el Boletín Oficial, y que está integrado por 11 puntos, son los siguientes:
Anexo temas para las sesiones extraordinarias del Honorable Congreso de la Nación
1. Proyecto de Ley de reforma de las funciones del Estado. Proyecto de Ley modificatorio de su similar N° 19.945 respecto de establecer la Boleta Única de Papel (Exp. Senado 4-CD-22).
2. 3. Proyecto de “Ley de Impuestos a Ingresos Personales” Proyecto de Ley por el cual se solicita autorización para que el señor Presidente de la Nación pueda ausentarse del país durante el año 2024, cuando razones de gobierno lo requieran.
4. Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y Japón para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y la Prevención de la Evasión y la Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Osaka, Japón, el 27 de junio de 2019 (Msje. 230/19).
5. Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Convenio entre la República Argentina y el Gran Ducado de Luxemburgo para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad de Washington, Estados Unidos de América, el 13 de abril de 2019 (Msje. 120/19).
6. Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República Popular China para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal y su Protocolo, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de diciembre de 2018 (Msje. 99/19).
7. Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República Argentina y los Emiratos Árabes Unidos, suscripto en la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, el 16 de abril de 2018 (Msje. 133/19).
8. Proyecto de Ley por el cual se aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y la República de Turquía para Evitar la Doble Imposición en Materia de Tributos sobre la Renta y para Prevenir la Evasión y la Elusión Fiscal y su Protocolo, suscriptos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 1° de diciembre de 2018 (Msje. 98/19).
9. 10. Consideración de Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales.
11. Consideración de Acuerdos para designaciones y promociones, y su retiro.
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