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    Con el DNU de Milei, los consumidores deberán controlar sus compras para evitar abusos en los precios

    La desregulación de la economía que propone el Gobierno también implica la ausencia de injerencia por parte de los diferentes organismos estatales y la desarticulación de instancias de protección a los consumidores.

    Melina Manfredi
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    Melina Manfredi

    22 de diciembre 2023, 05:54hs
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    El presidente Javier Milei presentó una extensa reforma por decreto. (Foto: REUTERS/Agustin Marcarian).
    El presidente Javier Milei presentó una extensa reforma por decreto. (Foto: REUTERS/Agustin Marcarian).

    A partir del DNU que Javier Milei presentó el miércoles a última hora, una gran cantidad de relaciones comerciales quedarán sin revisión alguna de un ente gubernamental que garantice una instancia de reclamo o vigilancia sobre lo pactado.

    Bajo la intención de bajar la injerencia del Estado en las relaciones entre privados, los consumidores y usuarios de diferentes rubros quedan desprotegidos y tendrán que redoblar sus esfuerzos para controlar a aquellas empresas que les prestan un servicio o les venden un bien, a fin de evitar abusos.

    Leé también: Medicamentos genéricos y receta electrónica: qué cambios aplicó el DNU de Javier Milei

    Las modificaciones introducidas desde este jueves abarcan alquileres, prepagas, tarjetas de crédito y la Ley de Góndolas, entre otros aspectos. A continuación, un repaso por cuatro grupos afectados por el decreto presidencial.

    1. Titulares de tarjetas

    En este caso, el DNU libera los topes a los intereses punitorios que pueden cobrar los emisores de tarjetas de crédito. También, elimina cualquier limitación sobre las comisiones que se cobran a comercios. A la vez, se generan algunos huecos en la seguridad de los usuarios, ya que, entre otras cosas, los bancos y emisoras no estarán obligados a compartir entre sí información sobre el robo o pérdidas de los plásticos.

    Para Romina Sabec, abogada del departamento de Defensa del Consumidor del Estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani, no solamente se afectó a los consumidores, sino también a las entidades emisoras y procesadoras de tarjetas.

    Cualquier empresa podrá emitir tarjetas de crédito si está en su objeto social. (Foto: AP).
    Cualquier empresa podrá emitir tarjetas de crédito si está en su objeto social. (Foto: AP).

    “Hay procedimientos importantes que no se tuvieron en cuenta. Por ejemplo, al derogar el artículo 8 de la Ley, (perfeccionamiento del contrato), las entidades emisoras no van a tener la firma del tarjetahabiente (porque ya no se requiere que se firme el contrato). Por ende, ante un desconocimiento de operaciones, las entidades emisoras no van a tener con qué contrastar la firma del cupón para saber cómo resolver el reclamo (en caso de que el cupón requiera firma por parte del tarjetahabiente)”, mencionó.

    La abogada agregó otro ejemplo: la eliminación de los datos del titular de la tarjeta. “No se tuvo en cuenta que a la hora de efectuar operaciones e-commerce, los datos que mencionaba dicho articulo son requeridos para operar obligatoriamente. Creo que las plataformas que efectúen ventas e-commerce tendrán que readecuarse a fin de poder hacer operativo el nuevo régimen”, expresó.

    2. Inquilinos

    Otro de los grupos afectados por el DNU son los inquilinos, ya que se derogó la regulación sobre el sector. Los alquileres podrán pactarse en la moneda que las partes acuerden y el plazo será -de no explicitarse otro- de dos años, tal como plantea al Código Civil y Comercial.

    Leé también: El campo respaldó el DNU de Javier Milei, pero planteó dudas por la desregulación de la Ley de Tierras

    La actualización será por el índice que libremente pacten entre las partes, de publicación pública o privada, en la moneda de pago del contrato. Así, ya no se publicará el índice de contratos de locación que elaboraba el Banco Central y seguía el ritmo de la inflación.

    3. Afiliados a prepagas

    El régimen de prepagas se desreguló fundamentalmente en materia de precios y la nueva normativa libera los valores de ese sector. El Gobierno ya no tendrá que autorizar los aumentos en las cuotas y las empresas no tendrán tope para la diferencia entre el precio del plan para gente más joven (más económico) y el resto. Hasta ahora, la diferencia no podía ser mayor a tres veces el monto del plan más barato.

    El Gobierno ya no autorizará los aumentos en las cuotas de medicina prepaga. (Foto: Télam).
    El Gobierno ya no autorizará los aumentos en las cuotas de medicina prepaga. (Foto: Télam).

    También se desregularon los aranceles mínimos que se debe pagar a los prestadores, así como la matrícula que las entidades de medicina prepaga debían abonar anualmente al Ministerio de Salud.

    4. Consumidores en general

    La derogación de la Ley de Góndolas también afectará a todo tipo de consumidores, ya que esa normativa apuntaba a clarificar los precios y regular la forma en que los supermercados presentan los productos en la estantería.

    Leé también: El DNU de Milei habilita la desregulación de precios y suma más tensión a la inflación de los próximos meses

    Entre otras cosas, esa norma impulsaba que hubiera varios proveedores diferentes para un mismo producto, incluyendo pymes. También regulaba la relación comercial entre los supermercados y los productores, de modo que los pequeños proveedores tuvieran el mismo trato en cuanto a promociones y plazos de pago, entre otros, que los grandes fabricantes.

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