La Superintendencia de Seguros de la Nación ha emitido una resolución (534-2023) que modifica los procedimientos para la contratación de seguros de vehículos, estableciendo la obligatoriedad de contar con la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) al momento de celebrar un contrato de seguro. Esta medida entrará en vigencia a partir del 17 de enero de 2024, afectando tanto a nuevos contratos como a la renovación de pólizas.
Daniel Sisso, presidente de la Asociación de Productores Asesores de Seguros de Cuyo (APAS Cuyo), confirmó que esta resolución se aplicará a partir de la mencionada fecha. “Desde el 17 de enero, los vehículos que quieran contratar un seguro, van a tener que presentar, entre la documentación que se exige, la revisión técnica vigente”, afirmó Sisso.
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La nueva normativa establece que las aseguradoras deben constatar que el vehículo tenga la revisión técnica vigente o que esté en condiciones reglamentarias de seguridad si no se ha realizado en el año previo al contrato. Este requisito se aplicará tanto a pólizas nuevas como a renovaciones.

Sisso expresó que la medida no es retroactiva, lo que significa que las pólizas existentes no se modificarán en enero, sino que la exigencia de RTO se aplicará en la renovación. Sin embargo, señaló que esta resolución plantea la posibilidad de que vehículos que no pasen la RTO puedan quedarse sin seguro y seguir circulando.
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