La Cámara de Diputados logró la aprobación definitiva de la reforma de la Ley de Alquileres, que fue sancionada en junio de 2020. La duración de los contratos, se mantendrá a tres años y el valor se actualizará cada seis meses utilizando el coeficiente Casa Propia, el mismo que utiliza el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat nacional en los planes Procrear II.German Schierff, Presidente de la Asociación Platense de Inquilinos habló con La Cielo y esto fue lo que dijo.
“De alguna manera esta ley es un freno por lo menos a un proyecto original de la Cámara de Diputados que fue modificado en Senadores y volvió. Y que era la reducción del contrato a dos años, con la posibilidad de renegociar el precio a los cuatro meses, lo cual era una bomba para los inquilinos”, comenzó diciendo el titular de API. A su vez continuó: “Y este proyecto nos da un respiro en un momento de mucha incertidumbre. “.
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Según el texto de la norma, los contratos seguirán teniendo una vigencia mínima de tres años, algo que reclamaban las organizaciones de inquilinos. Mientras que los contratos de locación para vivienda no se podrán cobrar en dólares, y las actualizaciones no podrán ser inferiores a seis meses.
Asimismo, German Schierff, también afirmó que es “notorio no cumplimiento de los contratos” por parte de los propietarios, y que por ese mismo motivo muchas personas se acercan a la Asociaón. Por su parte, también reconoció que “hay muchísimos contratos que se firmaron provisoriamente, en condiciones abusivas. Y es muy difícil que hoy te alquilen con contrato legal por tres años”.
Cómo es el índice Casa Propia
Desde la Web del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat informaron que la fórmula es una modalidad superadora de actualización de las cuotas para los créditos de Casa Propia y Procrear II. Este coeficiente tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Además, al reconocer que el aumento de los salarios puede variar según la rama de actividad, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9. Es decir que en lugar de reflejar el promedio de la variación salarial en su totalidad, solo lo hará en un 90%.
Al tener en cuenta el promedio de los últimos doce meses en lo que respecta a la variación salarial (CVS) -y no la variación de un único mes- promueve una mayor estabilidad en la actualización de las cuotas, ya que contribuye a moderar el impacto de eventuales hitos en la evolución de los salarios que respondan a períodos puntuales.
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