La prohibición del glifosato en Misiones es inconstitucional
En julio pasado, la provincia de Misiones dictó sorpresivamente la ley VIII-103, de promoción de bioinsumos, por la cual prohibió para dentro de dos años el uso de glifosato en todo el territorio provincial. Como era previsible, esta ley draconiana genera un impacto muy negativo y extremo en el sector agrícola de esa provincia, y de la Argentina en general.
El glifosato es el herbicida más utilizado en el mundo y el responsable de un cambio radical en la forma de producción agrícola. Ha sido gracias a este producto que se ha modificado el antiguo método de trabajo erosivo, casi minero, para el combate de las malezas, así como la utilización de herbicidas con graves efectos residuales sobre la naturaleza.
No obstante ello, que de por sí demuestra la irrazonabilidad técnica de la norma en cuestión, la ley de Misiones es abiertamente inconstitucional porque atenta contra el régimen federal de la Argentina, alzándose contra leyes y organismos federales que habilitaron el uso del glifosato en nuestro país.
En efecto, la venta y el uso de glifosato se encuentran autorizados en la Argentina por los organismos nacionales competentes. Por ello, la ley provincial que prohíbe su uso viola diversas normas federales que regulan la materia desde hace más de cincuenta años; entre otras, el Régimen de Sanidad Vegetal, el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal y la ley de declaración de interés nacional de la sanidad de los vegetales y animales (ley 27.233), así como las distintas reglamentaciones emitidas por las autoridades nacionales en estas cuatro décadas.
Las normas federales han dispuesto que sea el Senasa, como organismo descentralizado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la ley 27.233, y entre sus competencias es el encargado, a través del Registro Nacional de Terapéutica Vegetal, de registrar tanto los productos fitosanitarios que se usan y comercializan en todo el país para el control de plagas en el ámbito agrícola, así como las personas humanas o jurídicas que lo comercializan, importan o exportan esos productos. En ese marco, una vez cumplimentado el trámite de inscripción, se otorga a los productos un “certificado de uso y comercialización” que los habilita a ser utilizados y comercializados en todo el territorio nacional para el control de plagas en los cultivos para los que se encuentran autorizados. Desde luego el glifosato tiene todas estas autorizaciones nacionales.
Como bien lo sostiene desde siempre la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Constitución nacional ha querido hacer un solo país para un solo pueblo y no habría nación si cada provincia se condujera económicamente como una potencia independiente. A partir de esta ley, la provincia de Misiones impide, en forma absoluta, el uso de un producto autorizado para su venta y comercialización por el Estado nacional.
Esta ley provincial es inconstitucional porque afecta el principio de supremacía del derecho federal, desconoce las competencias del Congreso de la Nación para regular el comercio interprovincial y disponer todo lo conducente a la prosperidad y desarrollo del país, por ejemplo, la regulación nacional de productos esenciales para la producción agrícola.
Por su parte, este proceder viola el derecho de propiedad y las libertades de comercio e industria de los productores rurales. Por ello, la provincia de Misiones, a partir de esta ley ilegítima, ha generado la unión, nuevamente, de todas las entidades del campo en defensa de sus derechos. En este sentido, la Sociedad Rural Argentina, Confederaciones Rurales Argentinas, la Federación Agraria Argentina y Coninagro acudieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se declare la inconstitucionalidad de la ley.
En la actualidad existen más de 160 países que habilitan el uso de glifosato por considerarlo un producto de baja toxicidad y no cancerígeno. De acuerdo con el informe publicado en 2016 por la Reunión Conjunta de la Organización de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud, el glifosato, además de no ser cancerígeno, no provoca daños ni cambios en el material genético, no afecta el sistema nervioso, no provoca malformaciones y tampoco tiene efectos sobre órganos específicos tanto en exposición única como en exposición repetida.
A raíz de las críticas que se han desarrollado contra el glifosato en los últimos años, muchas veces fundadas en prejuicios ideológicos más que en argumentos científicos, se han realizado numerosos estudios nuevos sobre los efectos del glifosato; todos han reafirmado que su uso es seguro para la salud y el ambiente. Así resulta de las autorizaciones brindadas por la Unión Europea, Estados Unidos y los principales países del mundo.
La provincia de Misiones ha decidido la no utilización de un producto insustituible para la producción agrícola nacional y provincial, que se utiliza en el mundo entero desde hace 40 años. Y lo hace a partir de una supuesta nocividad del producto que no solo no cuenta con un razonable aval científico, sino que, además, los pocos argumentos que podrían utilizarse en favor de la prohibición llevarían a prohibir también otros productos icónicos de la provincia, como la yerba mate.
Ello generará daños concretos y reales a los productores y a la economía nacional. Menor producción, menor exportación, mercados cerrados y mayor erosión por la necesidad de volver a recurrir a arado de suelos.
En igual sentido, la Confederación Económica de Misiones (CEM), una de las principales cámaras empresarias de la provincia, emitió un comunicado en el que afirma que no se conocían alternativas que permitieran reemplazar el glifosato sin un impacto en la rentabilidad de las chacras misioneras. La CEM hizo hincapié, además, en la “inexistencia de un producto biológico reemplazante del glifosato, cuya implementación y resultados hayan sido comprobados en los cultivos y escalas en las que se desarrollan las principales actividades agropecuarias y forestales de la provincia, y cuya disponibilidad y costo resulten accesibles a los productores”.
Es importante advertir que la provincia de Misiones es la principal productora de té de la Argentina, con más de 29.000 hectáreas de producción, y es la principal exportadora de té a Estados Unidos, que importa casi el 66% de todo el té que se produce en la Argentina.
En ese sentido, la Tea Association of the USA Inc., en una misiva dirigida a la Cámara de Elaboradores de Té Argentino, señaló que Estados Unidos dejará de comprar el té que se produce en Misiones si se avanza en la suplantación del glifosato por bioherbicidas locales que no están certificados internacionalmente. La situación es más grave aún, porque en estos casos ni siquiera cuentan con la autorización del Senasa.
Más allá de la existencia abrumadora de pruebas sobre la seguridad que presenta el uso del glifosato, el conflicto que deberá ahora resolver la Corte Suprema no es un problema científico sobre las características de este producto, sino estrictamente jurídico. La Argentina es un sistema federal en el cual las provincias no pueden entorpecer el comercio interprovincial o internacional ni interferir o alzarse contra políticas generales adoptadas por el Congreso en aras del desarrollo integral de la Nación.
Con esta ley, Misiones interfiere con políticas y regulaciones nacionales en una de las actividades económicas más relevantes del país, al tiempo que obliga a todos los productores de la provincia a modificar sus sistemas de producción, en muchos casos, de un modo tal que se verán excluidos de muchos mercados internacionales. ß
Asesor jurídico de la Sociedad Rural Argentina
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