Un verdadero escándalo en el ámbito de la Justicia se anticipa con el pedido de jury que disparó el procurador general, Pedro García Castiella, contra el juez Edgardo Laurenci, tras la fuga de Lino Moreno, el sicario acusado por el crimen de Liliana Ledesma y vinculado al clan narco de los hermanos Castedo.
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Un verdadero escándalo en el ámbito de la Justicia se anticipa con el pedido de jury que disparó el procurador general, Pedro García Castiella, contra el juez Edgardo Laurenci, tras la fuga de Lino Moreno, el sicario acusado por el crimen de Liliana Ledesma y vinculado al clan narco de los hermanos Castedo.
El pedido de enjuiciamiento contra el magistrado surgió luego de revelarse que Laurenci había ordenado salidas transitorias de Moreno, quien estaba alojado en el penal de Orán, cumpliendo cadena perpetua por el asesinato de la mujer, ocurrido en 2006 en Salvador Mazza.
El Tribuno hizo una consulta entre expertos locales del derecho penal, quienes en su totalidad calificaron a la situación como de suma gravedad.
Entre los consultados hubo quienes dieron una explicación técnica de los argumentos contra el juez de Ejecución de Orán y que pidieron reserva de sus declaraciones. Otros expresaron abiertamente su opinión, pero todos dieron respaldo a la actuación del procurador, "no solo porque la Constitución provincial lo habilita, sino porque la situación lo amerita".
Desde la cuestión técnica se puso de manifiesto el beneficio de las salidas transitorias de Moreno, quien fue condenado a cadena perpetua en el año 2010.
De acuerdo a lo que indica el Código Penal, en su artículo 13, la condena a reclusión o prisión perpetua equivale a 35 años de cárcel. Sin embargo no es a perpetuidad ya que, en algunos casos, los acusados pueden solicitar la libertad condicional una vez cumplido los dos tercios de la condena. En este caso Moreno estaba lejos de recibir el beneficio, ya que no había cumplido ni siquiera la mitad de la pena impuesta.
Otros aspectos técnicos fueron puestos de manifiesto por el exjuez federal Miguel Medina, quien en diálogo con El Tribuno advirtió sobre la gravedad del tema. "Es un caso de gravedad. En Salta, el jury solo puede iniciarse con un dictamen fundado del procurador. No recuerdo un caso semejante, al menos en los últimos años", expresó Medina.
El exmagistrado federal también se refirió a la necesidad de examinar todo lo actuado en relación al caso, teniendo el respaldo documental suficiente. "Para saber más, sería bueno tener el legajo de ejecución. Ahí debiera estar todo: el pedido del interno, la opinión de la cárcel, del fiscal, la decisión del juez, cuando supo que el interno no regresó, si se revocó el beneficio y por último la fecha en que se comunicó oficialmente la orden de captura, nacional e internacional".
Se sabe que Laurenci habría autorizado desde el año pasado las salidas transitorias de Moreno una vez al mes y que luego, desde abril de este año, el beneficio fue ampliado a dos salidas por mes. La fuga se concretó en junio y Laurenci demoró más de 50 días en activar el pedido de captura.
El abogado Pedro Arancibia se refirió a este tema puntual y manifestó que "si bien es una facultad jurisdiccional del juez, no está debidamente argumentada ya que al parecer hay informes negativos que desaconsejaban el otorgamiento del beneficio. Estamos frente a una situación de suma gravedad institucional".
Pese a los informes negativos, el juez lo mismo autoriza el beneficio a una persona condenada a cadena perpetua. La condena es revisable cuando se cumplieron más de los dos tercios de la pena con un completo informe interdisciplinario, que habilitaría de alguna manera las salidas con todas las garantías necesarias. Además se trataba de un preso en una zona de frontera, que probablemente por los vínculos, tendría mucha más facilidad para una fuga hacia otros países", manifestó.
El abogado también se manifestó sobre los tiempos de actuación del magistrado. "La demora en activar los procedimientos contemplados revela una situación sumamente grave que hace sospechar de la actitud del juez ante la evidencia de una clara posibilidad de fuga", aseguró.
Un daño al sistema y un beneficio al crimen
El procurador general de la provincia presentó el pedido de jury contra Laurenci la semana pasada y se esperan los plazos de la conformación del enjuiciamiento.
Mas allá de ello, Laurenci había argumentado a favor del prófugo Moreno que se cumplían con los requisitos exigidos para otorgar el beneficio al asesino de Liliana Ledesma en 2006. En realidad Lino Moreno, al momento del homicidio, ya se encontraba prófugo de la Justicia por causas anteriores relacionadas con el narcotráfico en la frontera.
Con todos esos antecedentes la fuga de Moreno resultó una crónica anticipada de un grave daño institucional para el sistema. Y es que al momento de recibir la información oficial de que Moreno no había retornado el penal, Laurenci debía activar inmediatamente todos los protocolos de captura, de acuerdo a los procedimientos establecidos, lo cual no ocurrió sino hasta 53 días después de la novedad carcelaria.
"Hay situaciones muy graves. Si bien por el momento no se puede sostener que existe una complicidad para beneficiar la fuga, por sí misma la acción del magistrado es de un incumplimiento grave a los procedimientos y a la responsabilidad de la Justicia en casos como este", consideró Arancibia.
"Se produjo una grave afectación al sistema judicial en una zona donde no actuar frente a una situación como esta supone un beneficio para el crimen organizado. Probablemente en este caso debe haber ocurrido una fuga del país por la facilidad de la escapatoria y el tiempo trascurrido para la captura. Esto le hace mucho mal al sistema carcelario y judicial, sobre todo en la zona de frontera y respecto a los delitos a los que esta persona estaba vinculada. Es necesario entonces que se actúe en consecuencia", aseguró.